Artículo 61.- El egresado de Técnico Superior Universitario en Música deberá producir un
proyecto de difusión y divulgación artística acorde a su formación, en el cual utilice sus
conocimientos, habilidades y técnicas adquiridas durante el transcurso de su carrera. Dicho
proyecto deberá contener un sustento teórico metodológico aprobado previamente por un
sínodo de profesores.
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